{"id":2071,"date":"2024-08-09T16:29:47","date_gmt":"2024-08-09T16:29:47","guid":{"rendered":"https:\/\/fmllanura.com\/?p=2071"},"modified":"2024-08-09T16:29:48","modified_gmt":"2024-08-09T16:29:48","slug":"ziliotto-y-el-reclamo-por-el-atuel-el-rigi-habilita-a-las-mineras-al-uso-discrecional-del-agua-que-tambien-es-pampeana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmllanura.com\/?p=2071","title":{"rendered":"Ziliotto y el reclamo por el Atuel: \u00abEl RIGI habilita a las mineras al uso discrecional del agua que tambi\u00e9n es pampeana\u201d"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"752\" height=\"440\" src=\"https:\/\/fmllanura.com\/wp-content\/uploads\/2024\/08\/image-19.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-2081\" srcset=\"https:\/\/fmllanura.com\/wp-content\/uploads\/2024\/08\/image-19.png 752w, https:\/\/fmllanura.com\/wp-content\/uploads\/2024\/08\/image-19-300x176.png 300w\" sizes=\"(max-width: 752px) 100vw, 752px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>En el D\u00eda de la Lucha por el R\u00edo Atuel el gobernador Sergio Ziliotto inst\u00f3 a todos los pampeanos y pampeanas a \u201cseguir luchando para que se haga justicia y se termine con d\u00e9cadas de despojo\u201d.Advirti\u00f3 que el R\u00e9gimen de Incentivo para Grandes Inversiones -RIGI-, que Mendoza convalida, \u201chabilita a las mineras el uso discrecional del agua que tambi\u00e9n es pampeana\u201d y sostuvo que la norma dictada por el Gobierno nacional avala \u201cla extranjerizaci\u00f3n de la explotaci\u00f3n de los recursos naturales\u201d y ubica en el orden de prioridades de uso: \u201cprimero a las mineras, despu\u00e9s a Mendoza y por \u00faltimo La Pampa. El RIGI es una nueva amenaza a la lucha popular por nuestros r\u00edos\u201d, subray\u00f3.  El acto que se realiz\u00f3 en el Polideportivo de algarrobo del Aguila, estuvo cargado de emoci\u00f3n. Alumnos de todos los niveles, docentes y vecinos le dieron marco al encuentro donde el anfitri\u00f3n, el intendente Oscar Gatica, recibi\u00f3 al primer mandatario pampeano; jefes comunales de la regi\u00f3n; el titular de la cartera de Recursos H\u00eddricos Jos\u00e9 Gobbi y dem\u00e1s funcionarios provinciales y municipales.Ziliotto expres\u00f3 su satisfacci\u00f3n por estar nuevamente en el oeste profundo, \u201cen este acto sencillo y fuerte desde lo emocional, desde lo hist\u00f3rico. Compartir este momento con habitantes de Santa Isabel, de Algarrobo, de La Humada, de Chos Malal, nos marca cu\u00e1l es la importancia de la fecha que nos re\u00fane\u201d.\u201cHan pasado 77 a\u00f1os donde comenz\u00f3 una lucha que hoy perdura. Los pampeanos sufrimos algo que, en otros \u00e1mbitos, fuera de la Provincia o del pa\u00eds, no se puede creer. No se conoce en Argentina semejante desastre ambiental, provocado por una decisi\u00f3n unilateral, de claro autoritarismo h\u00eddrico por parte de una Provincia que le est\u00e1 negando a otra nada m\u00e1s ni nada menos que lo que le pertenece\u201d, expres\u00f3.Resalt\u00f3 que \u201cla historia dice que el Atuel tambi\u00e9n es pampeano, la Corte Suprema tambi\u00e9n lo ha dicho m\u00e1s de una vez. Por eso hoy, a 77 a\u00f1os de haber iniciado esta lucha, tenemos que reafirmar la demanda por nuestros derechos, tenemos el compromiso de luchar por los que estamos, por los que pasaron y por los que vendr\u00e1n.Luchamos para recomponer el ambiente y ese es el eje del fallo que ya hace cuatro a\u00f1os dict\u00f3 la Corte y que incumple la provincia de Mendoza. Pero adem\u00e1s de nuestra demanda ambiental, est\u00e1 la lucha por recuperar el r\u00edo Atuel para que vuelva a ser el eje de un sistema productivo del oeste pampeano\u201d, sostuvo el Gobernador.\u201cUn nuevo desaf\u00edo\u201dRatific\u00f3 \u201cel compromiso y la decisi\u00f3n de seguir batallando por recuperar el r\u00edo robado y advirti\u00f3 que \u201cd\u00eda a d\u00eda aparecen nuevos desaf\u00edos a los que todas y todos los pampeanos debemos enfrentar\u201d.En este sentido y dirigi\u00e9ndose a los presentes afirm\u00f3: \u201cseguramente han escuchado que el Congreso de la Naci\u00f3n aprob\u00f3 la Ley Bases; que se debati\u00f3 acerca de lo que es el RIGI, que es un R\u00e9gimen de Incentivo a las Grandes Inversiones, que a nosotros como Provincia aut\u00f3noma nos hace mucho ruido porque pone en duda nuestra propiedad y disponibilidad de nuestros recursos naturales\u201d.Explic\u00f3 que por esos motivos \u201clos legisladores que responden al Gobierno provincial votaron en contra\u201d y detall\u00f3 que \u201cesas grandes inversiones, en su mayor\u00eda empresas extranjeras, se llevan el producto de nuestros recursos naturales dejando muy poco. Hoy han ganado, a partir de esa sanci\u00f3n del Congreso Nacional, m\u00e1s derechos, teniendo prioridad para el uso de los recursos naturales en detrimento de las provincias, que son las que constitucionalmente tienen la propiedad de los recursos naturales y la competencia para fijar leyes de protecci\u00f3n del ambiente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Primero las mineras, segundo Mendoza, tercero La PampaMencion\u00f3 que Mendoza est\u00e1 en proceso legislativo de adherir al RIGI, lo que abre \u201cla posibilidad de nuevos permisos con menos requisitos para que las empresas mineras vengan a explotar los recursos naturales de su Provincia. En eso estar\u00edamos de acuerdo, es su territorio, su autonom\u00eda, su Gobierno, pero a su vez est\u00e1n legislando acerca de la utilizaci\u00f3n de un recurso que tambi\u00e9n es de los pampeanos, poque el r\u00edo Atuel tambi\u00e9n es pampeano. Hoy nosotros y ustedes, los habitantes del oeste pampeano, somos ciudadanos de segunda en el acceso al agua potable, porque primero est\u00e1 Mendoza. Si nosotros no levantamos la voz, si no ponemos en alerta a toda la sociedad, a partir de ma\u00f1ana la prioridad antes que el pueblo de Mendoza la van a tener las mineras. Entonces habremos retrocedido un lugar, porque en el uso del agua tal cual lo dice este nuevo R\u00e9gimen es que primero van a estar las mineras, despu\u00e9s Mendoza y por \u00faltimo La Pampa\u201d.  Hizo un llamado a \u201cestar m\u00e1s alerta que nunca, m\u00e1s unidos que nunca, porque a la lucha contin\u00faa. En esto no nos va a temblar la mano porque nunca nos tembl\u00f3 a los pampeanos, levantar la voz para reclamar por nuestros r\u00edos, especialmente por el Atuel.Tengan la plena seguridad que el Gobierno provincial va a estar a la cabeza de ese reclamo, porque es nuestro r\u00edo, es de quienes lucharon en el pasado y principalmente es el legado que tenemos obligaci\u00f3n de dejarle a las pr\u00f3ximas generaciones. Vayamos todos juntos, sigamos luchando por el Atuel, sigamos defendiendo La Pampa\u201d, concluy\u00f3.Gatica: \u201cEl corte fue una tragedia\u201dEl intendente, Oscar Gatica, expres\u00f3 que \u201choy es un d\u00eda muy importante para los pampeanos, ya que se conmemora m\u00e1s de 70 a\u00f1os del reclamo que venimos haciendo por el derecho que tenemos al agua, algo vital como es el r\u00edo Atuel.Esa lucha contin\u00faa d\u00eda a d\u00eda. La provincia de La Pampa en su conjunto trabaja fuertemente todos los d\u00edas en este reclamo tan justo. Como argentinos que somos, es un r\u00edo que corre por nuestro pa\u00eds, es un r\u00edo que deber\u00eda ser para todos iguales\u201d, sostuvo.\u201cLo dice la Constituci\u00f3n Nacional y siempre lo pregona nuestro Gobernador: en el federalismo los derechos son iguales, es por lo que siempre luchamos\u201d, concluy\u00f3.Aspectos negativos del RIGIEn relaci\u00f3n directa a las consecuencias negativas que el R\u00e9gimen de Incentivo a las Grandes Inversiones tiene sobre la hist\u00f3rica lucha de La Pampa en defensa de sus recursos h\u00eddricos se pueden destacar algunos puntos fundamentales.En principio el RIGI implica un retroceso en la autonom\u00eda de las provincias, avanzando en la consolidaci\u00f3n de un Estado unitario donde el poder se acumula en el Estado nacional.Prueba de ello es que tiene mandatos claramente inconstitucionales habida cuenta que establecen la nulidad de cualquier norma provincial o municipal que limite, restrinja, vulnere, obstaculice o lo desvirt\u00fae, lo que indefectiblemente recorta potestades que por imperio de la Constituci\u00f3n son de las provincias,Adem\u00e1s, avanza sobre la autonom\u00eda del Poder Judicial al \u201cordenarle\u201d a la Justicia que declare \u201cnulidades en forma inmediata\u201d. Claramente se avasalla la divisi\u00f3n de poderes que establece la Carta Magna.La adhesi\u00f3n de la provincia de Mendoza al R\u00e9gimen habilita la instalaci\u00f3n de emprendimientos sobre las m\u00e1rgenes del r\u00edo Atuel (en territorio mendocino) que podr\u00edan utilizar discrecionalmente agua que tambi\u00e9n es de La Pampa sin ning\u00fan tipo de control provincial.El RIGI implica directamente la entrega de los recursos naturales a capitales extranjeros sin ning\u00fan l\u00edmite, ni protecci\u00f3n a los habitantes de las provincias. Las autorizaciones de uso no est\u00e1n condicionadas a ning\u00fan permiso ambiental previo, sino a una variable monetaria que decidir\u00e1 arbitrariamente el Estado nacional.Las facultades que el RIGI otorga y de las que se da cuenta en p\u00e1rrafos anteriores, implican que los capitales extranjeros explotar\u00e1n los recursos naturales de las provincias sin ning\u00fan l\u00edmite, ni protecci\u00f3n a los habitantes de las provincias.<\/p>\n\n\n\n<p>Fundamentos jur\u00eddicosLa adhesi\u00f3n plena por parte de una provincia al RIGI conlleva ceder su autonom\u00eda y jurisdicci\u00f3n, a favor del Estado nacional que decidir\u00e1 qu\u00e9, c\u00f3mo, cu\u00e1ndo y d\u00f3nde se habilitar\u00e1 en territorio provincial la instalaci\u00f3n de un proyecto sobre el cual no se tendr\u00e1 injerencia ni control.Resulta llamativo y preocupante que de la lectura del articulado no se desprende ni nombra en ning\u00fan apartado la cuesti\u00f3n ambiental, desvinculando de este tipo de proyectos el mandato constitucional de utilizaci\u00f3n racional de los recursos naturales y desarrollo econ\u00f3mico y social sustentable.Todo ello en virtud del art\u00edculo 165 de la Ley Bases -27.742- que establece textualmente que \u201cSin perjuicio del ejercicio leg\u00edtimo de las jurisdicciones y competencias locales, cualquier norma o v\u00eda de hecho por la que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirt\u00fae lo establecido en el presente t\u00edtulo por parte de la Naci\u00f3n como las provincias, por s\u00ed y por sus municipios, y la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, que hubieran adherido al RIGI, ser\u00e1 nula de nulidad absoluta e insanable y la Justicia competente deber\u00e1, en forma inmediata, impedir su aplicaci\u00f3n\u201d.Una primera alarma es que al estar incluido como \u201ccl\u00e1usula del progreso\u201d bien podr\u00eda la Naci\u00f3n ir m\u00e1s all\u00e1 e igualmente avasallar la normativa local, aun independientemente de su adhesi\u00f3n.Surgen dudas fundamentadas ya que llamativamente la referencia expl\u00edcita a dicha cl\u00e1usula del progreso -textualmente la ubica \u201cen el marco del art\u00edculo 75, inciso 18 de la Constituci\u00f3n Nacional\u201d- mucho tiene que ver con objetivo del Gobierno nacional de limitar las competencias provinciales, especialmente en materia tributaria, de recursos naturales y\/o ambientales, a contramano de la defensa del ambiente que establecen las constituciones de todas las provincias. Efectivamente, excluye toda protecci\u00f3n del ambiente y de los recursos naturales. Se le otorga la Naci\u00f3n la disposici\u00f3n de los recursos vulnerando la autonom\u00eda y titularidad de las provincias.<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto al alcance de dicha cl\u00e1usula del progreso, no puede soslayarse que la Corte Suprema tiene dicho que las provincias pueden ejercer las atribuciones concurrentes en materia de poder de polic\u00eda de bienestar, salvo que el ejercicio de una atribuci\u00f3n local dificulte o impide el cumplimiento de los prop\u00f3sitos contenidos en la normativa nacional.No menos sorprendente es la incorporaci\u00f3n, tambi\u00e9n al final del art\u00edculo 165, del texto \u201c\u2026 y la Justicia competente deber\u00e1, en forma inmediata, impedir su aplicaci\u00f3n\u201d en referencia una normativa provincial que se oponga al RIGI. Aqu\u00ed no s\u00f3lo se determina la prevalencia de la normativa nacional sino tambi\u00e9n, y m\u00e1s preocupante, constituye una grave intromisi\u00f3n en las competencias y en las decisiones de otro poder constitucional, indic\u00e1ndole cu\u00e1ndo debe intervenir y c\u00f3mo debe fallar.Por su parte, en el art\u00edculo 224 se invita a la Provincias a adherir al RIGI, en todos sus t\u00e9rminos y condiciones, lo que implica ceder autonom\u00eda provincial en t\u00e9rminos legales, pol\u00edticos y ambientales. Esos \u201ct\u00e9rminos y condiciones\u201d son una amenaza, entre otras cuestiones, para el acceso al agua y dem\u00e1s recursos naturales.Adem\u00e1s de los beneficios impositivos y cambiarios nacionales, el RIGI implica que toda pol\u00edtica de protecci\u00f3n ambiental conquistada sea considerada nula. Ante situaciones de escasez, las empresas adheridas podr\u00edan tener prioridad en el uso del agua o la energ\u00eda por sobre las necesidades de los particulares o de la sociedad.Ello bajo el amparo del art\u00edculo 193 que proh\u00edbe restricciones regulatorias sobre el suministro de los insumos destinados al proyecto incluyendo regulaciones que pretendan subordinar derechos del proyecto a prioridades de abastecimiento interno o en favor de otros sectores de la demanda. Y para que no queden dudas, en su \u00faltimo p\u00e1rrafo, expresa textualmente que \u201ccualquier restricci\u00f3n y\/o afectaci\u00f3n en los t\u00e9rminos de los p\u00e1rrafos anteriores ser\u00e1 considerada una violaci\u00f3n a lo establecido en el art\u00edculo 165 de esta ley.\u201dEn l\u00ednea con ello y como un ejemplo entre tantos, la Provincia no solo perder\u00eda el poder de polic\u00eda respecto de la cuesti\u00f3n ambiental, sino que el escueto tiempo que se prev\u00e9 para ser incorporados y otorgar los beneficios del RIGI hacen imposible que las empresas deban cumplimentar, como requisito previo necesario, cualquier evaluaci\u00f3n de impacto ambiental.Ante ello resulta preocupante que de la lectura del articulado de la Ley Bases no se desprende ni nombra en ning\u00fan apartado la cuesti\u00f3n ambiental, desvinculando de este tipo de proyectos el mandato constitucional de utilizaci\u00f3n racional de los recursos naturales y desarrollo econ\u00f3mico y social sustentable.Surge entonces la duda si el RIGI no significa lisa y llanamente la cesi\u00f3n de propiedad de los recursos naturales de las provincias con la consecuente p\u00e9rdida del poder de contralor. Se estar\u00eda en presencia de una norma claramente inconstitucional.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el D\u00eda de la Lucha por el R\u00edo Atuel el gobernador Sergio Ziliotto inst\u00f3 a todos los pampeanos y pampeanas a \u201cseguir luchando para que se haga justicia y se termine con d\u00e9cadas de despojo\u201d.Advirti\u00f3 que el R\u00e9gimen de Incentivo para Grandes Inversiones -RIGI-, que Mendoza convalida, \u201chabilita a las mineras el uso discrecional &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":2081,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[101],"tags":[],"class_list":["post-2071","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","","category-provincias"],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v19.9 - https:\/\/yoast.com\/wordpress\/plugins\/seo\/ -->\n<title>Ziliotto y el reclamo por el Atuel: \u00abEl RIGI habilita a las mineras al uso discrecional del agua que tambi\u00e9n es pampeana\u201d - 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