El gobierno de La Pampa actualizó los montos y procedimientos para contrataciones públicas

A través de la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de La Pampa este miércoles 22 de abril de 2026 , el Poder Ejecutivo provincial oficializó el Decreto N° 537/26. La medida establece la modificación de los montos para las contrataciones en general dentro de la esfera de la administración pública pampeana.

Para determinar los límites y las escalas de compra en el Estado, la unidad de medida utilizada es el módulo (M). El nuevo decreto fija el valor de este módulo en $2.600. En este contexto, se estipula que la adquisición de bienes de capital que exceda la suma de 2.000 módulos requerirá obligatoriamente la autorización expresa del Gobernador.Además, la normativa aclara que las licitaciones públicas y privadas iniciadas por los organismos de la Administración Central deberán canalizarse a través de la Dirección General de Compras y Contrataciones.

Impacto en General Pico y el sistema de saludLa reglamentación otorga facultades y límites especiales a los directores de los principales establecimientos asistenciales de la provincia, incluyendo explícitamente al Hospital “Gobernador Centeno” de nuestra ciudad de General Pico. Las nuevas disposiciones para la cartera sanitaria establecen que:Las autoridades del nosocomio piquense, en conjunto con las de los hospitales santarroseños “Dr. Lucio Molas” y “Dr. René Favaloro”, están autorizadas a contratar profesionales médicos para efectuar intervenciones quirúrgicas de alta complejidad por hasta 4.000 módulos.Para el intervencionismo de alta complejidad, prácticas robóticas y procedimientos invasivos de alta especificidad, el límite de contratación directa se fija en 9.000 módulos.La adquisición de medicamentos, insumos hospitalarios, materiales protésicos y ortésicos se podrá realizar por hasta 13.000 módulos, mediante el procedimiento de solicitud de cotización.Para garantizar la continuidad operativa, la reparación de maquinarias, equipos médicos y ambulancias en el Hospital “Gobernador Centeno” tiene un límite autorizado de 4.800 módulos.Se autoriza la contratación directa y sin límite de módulos para medicamentos especiales (como oncológicos y antirretrovirales) , la procuración y el implante de órganos , y la asistencia de pacientes amparados por resoluciones judiciales.Actualizaciones en Educación y Obras PúblicasEl decreto también contempla actualizaciones importantes para otras áreas e instituciones clave de la provincia:Educación: Las instituciones y servicios educativos están autorizados a adquirir víveres frescos, secos y lácteos destinados a prestaciones alimentarias por hasta 9.000 módulos. Además, dentro del Programa de Mantenimiento de Edificios Escolares, se permiten contrataciones directas para refacciones generales de hasta 10.000 módulos por cada establecimiento educativo.IPAV: El presidente del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda queda habilitado para contratar de manera directa hasta 1.750 módulos para la reparación y readecuación de unidades habitacionales, con el fin de otorgarles condiciones de habitabilidad para su readjudicación.Transparencia y cumplimiento fiscalCon el objetivo de agilizar los procesos, el decreto moderniza los canales de comunicación al establecer que las invitaciones a los proveedores inscriptos en el Registro del Estado Provincial para participar de licitaciones privadas podrán realizarse formalmente a través de correo electrónico.Por otra parte, la normativa es estricta respecto a los requisitos para ser proveedor estatal. Es un requisito indispensable estar en situación de Cumplimiento Fiscal del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de La Pampa para mantener activa la inscripción en el registro. Para garantizar esto, la Contaduría General de la Provincia y la Dirección General de Rentas verificarán la situación fiscal de los proveedores y contratistas dos veces al año, específicamente el 1 de enero y el 1 de julio.

Finalmente, el documento ratifica que los agentes pertenecientes a la Administración Pública Provincial tienen prohibido contratar en forma directa con el Estado. Tampoco se permite el fraccionamiento o desdoblamiento de una contratación con la finalidad de eludir los topes máximos fijados por los módulos.

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