El STJ confirmó la condena de 14 años de prisión contra el ex directivo de APAP a 14 años de prisión por abuso sexual a dos jóvenes con discapacidad intelectual

El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa ratificó la pena para Hugo Roberto Carbonel, quien durante casi una década abusó sistemáticamente de dos mujeres vulnerables. Los hechos incluyeron extorsiones y aberrantes grabaciones en video.El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa puso punto final a los intentos de la defensa y dejó firme la condena de 14 años de prisión contra Carbonel, un hombre hallado culpable de abusar sexualmente de dos jóvenes con retraso madurativo entre los años 2014 y 2023.

Los detalles que se desprenden de la sentencia dictada por la Sala B del máximo tribunal provincial exponen un nivel de perversión y abuso de poder escalofriante. Las víctimas asistían a la institución APAP en la ciudad de General Pico. El calvario comenzó durante viajes de contingentes a Embalse, provincia de Córdoba, y continuó luego en el propio domicilio del abusador y en diversos hoteles de General Pico y Santa Rosa.Según logró probar la Justicia, el condenado doblegaba la voluntad de las jóvenes mediante el terror psicológico: las amenazaba con mostrarle fotos de ellas desnudas a sus madres si no accedían a sus peticiones. El expediente judicial detalla que el hombre las forzaba a desvestirse, las sometía a abusos con acceso carnal e incluso las obligaba a utilizar objetos —como una zapatilla blanca sin cordones— para prácticas vejatorias, mientras él tomaba fotografías y grababa en video las repulsivas escenas.

El rechazo a la coartada de la defensaDurante la instancia de casación, el abogado defensor del acusado, Jerónimo Altamirano, intentó revertir la dura condena de la Audiencia de Juicio argumentando que las denuncias eran producto de una especie de complot derivado de un “conflicto laboral y amoroso” orquestado por una tercera persona. En un polémico tramo de su apelación, el letrado esgrimió tratados internacionales para afirmar que las víctimas tenían derecho a “vivir una sexualidad plena”, intentando argumentar que los encuentros habían sido consentidos y cuestionando la ilegalidad de unos audios presentados como prueba.Sin embargo, los jueces Fabricio Losi y Eduardo Fernández Mendía fueron terminantes al rechazar de plano esos agravios. Los magistrados subrayaron que el tribunal de grado comprobó de manera irrefutable que la condición de discapacidad intelectual de las mujeres fue precisamente la llave que posibilitó los oscuros designios del victimario, y que los abusos se consumaron a partir de “violencia física e intimidación”.c

Con la declaración de inadmisibilidad del recurso defensivo, el STJ cierra la puerta a nuevas dilaciones y deja firme una sentencia que lleva justicia tras casi diez años de silencio y horror.

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